Abierto el plazo para renovar las licencias del mercadillo de Linares

Las solicitudes se pueden presentar hasta el 11 de diciembre en el Registro General del Ayuntamiento o a través de la sede electrónica

Por:Javier Esturillo
Imagen de archivo del mercadillo de Linares. Foto: Javier Esturillo

El Ayuntamiento de Linares ha puesto fecha a la renovación de las licencias del mercadillo para el próximo año. Los vendedores podrán presentar su solicitud desde el 3 de noviembre hasta el 11 de diciembre de 2026, ambos incluidos. Y conviene no dejarlo para el final, porque el aviso es claro: si no se presenta la solicitud dentro del plazo, se entiende que el titular renuncia a la licencia.

Los trámites se pueden hacer de dos maneras. Presencialmente, en el Registro General del Ayuntamiento, en la Plaza del Ayuntamiento, 1. O por vía telemática, a través de la sede electrónica del Consistorio (linares.sedelectronica.es).

Qué hay que llevar

Junto a la instancia general, cada titular tendrá que aportar el certificado de situación en el Censo de Actividades Económicas de la Agencia Tributaria, que acredite el alta en el epígrafe correspondiente. También el certificado de estar al corriente en el pago de las tasas municipales, un informe de vida laboral actualizado, el recibo vigente del seguro de responsabilidad civil y el DNI.

Quienes vendan productos de alimentación humana o tengan un puesto de restauración, tipo bar-cafetería, deberán sumar el certificado de formación como manipulador de alimentos y la inscripción o comunicación en el Registro Sanitario de Empresas y Establecimientos Alimentarios de Andalucía.

Ojo con los papeles. Los documentos tienen que ser originales o copias auténticas, y no se admitirán copias de documentos oficiales en las que el código de verificación no aparezca o no se lea bien.

En la solicitud hay que indicar el número del puesto y los artículos que se venden: textil, calzado, bisutería, fruta, etcétera.

Mejor con todo en la mano

El Ayuntamiento recomienda no presentar la solicitud hasta tener reunida toda la documentación. La razón es práctica: así se evitan requerimientos posteriores y retrasos en la tramitación.

La instancia general recoge tres opciones. El titular puede pedir continuar con la actividad en 2027, solicitar un cambio de titularidad a favor de otra persona o renunciar a la licencia. En el caso del cambio de titularidad, hay que aportar además la documentación que exige el artículo 9 de la Ordenanza Municipal de Comercio Ambulante. La instancia incluye también una casilla para dar el consentimiento a que el Ayuntamiento consulte los datos del solicitante a través de la Plataforma de Intermediación de Datos y otros servicios interoperables.

Lo que recuerda la ordenanza

El aviso del Ayuntamiento repasa además tres puntos de la ordenanza vigente.

El primero: solo podrán ejercer la actividad en nombre del titular de la licencia su cónyuge, sus hijos y las personas empleadas, siempre que estén dados de alta en la Seguridad Social (artículo 10.2).

El segundo: no se renovará la licencia a quien tenga recibos del puesto sin pagar (artículo 12.g). Y en ese caso tampoco se podrá transmitir el puesto.

El tercero: solo podrá acceder un vehículo por placa. Hay excepciones para casos plenamente justificados, pero hay que pedirlas en el Registro del Ayuntamiento y se estudiarán caso por caso.

0 0 votos
Calificación de la noticia
Subscribe
Notificar
0 Comentarios
Últimos
Primeros Más votada