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Linares somete a consulta pública previa la nueva ordenanza de veladores

El borrador de la norma reguladora cuenta, en principio, con el consenso de vecinos y hosteleros y sustituye a la de 2014

Por:Javier Esturillo
Terraza de un establecimiento hostelero de la ciudad. Foto: Javier Esturillo

Una de las medidas más controvertidas del mandato, la modificación de la ordenanza municipal de terrazas y veladores, ha dado este jueves un nuevo paso con la publicación en la web municipal del anuncio de consulta pública.

Una herramienta, a través de la que colectivos y ciudadanía en general pueden presentar cuantas sugerencias estimen oportunas de cara a la redacción de esta norma, que tiene como objetivo regular el uso de vía pública para la instalación de veladores.

En principio, el borrador de la ordenanza cuenta con el visto bueno de la Asociación Hosteleros de Linares, de la Asociación de Comerciantes e Industriales (ACIL), de la Cámara de Comercio y de las asociaciones de vecinos, después de las reuniones celebradas en el Ayuntamiento con el equipo de Gobierno en los últimos meses.

Reunión coordinación sobre la nueva ordenanza de veladores celebrada el pasado mes de junio. Foto: Ayuntamiento de Linares

El futuro reglamento, que modifica horarios de apertura y endurece las sanciones a quienes inclumplan alguno de sus puntos, viene a sustituir a la 2014 que no recoge normas autonómicas aprobadas posteriormente, por lo que está desactualizada.

Así, los fundamentos de la ordenanza, según el texto de la Administración local, persiguen dar una respuesta más adaptada a las posibilidades y modalidades de desarrollo de esta actividad, a los condicionantes y requerimientos actuales, así como a los aspectos medioambientales».

Asimismo, pretende «establecer una regulación más completa y detallada que incorpore soluciones a los
problemas que la experiencia ha puesto de manifiesto».

Desde hoy mismo, los ciudadanos, organizaciones y asociaciones que así lo consideren pueden hacer llegar sus opiniones sobre los aspectos planteados durante el plazo de treinta días naturales, cuya documentación está a su disposición en dependencias municipales.

 

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