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Archivada la causa contra los 15 concejales que rechazaron la incompatibilidad de Palacios

El juez tumba la demanda interpuesta por Ciudadanos y Partido Popular contra sus compañeros de Corporación al entender que no aparece debidamente justificada la perpetración de delito alguno

Por:Javier Esturillo
Javier Perales dialoga con Javier Palacios en el pleno sobre el Estado de la Ciudad, con Joaquín Hernández en primer termino. Foto: Javier Esturillo

El Juzgado Mixto número 1 de Linares ha acordado el sobreseimiento provisional y archivo de la causa abierta a 15 concejales de la Corporación Municipal del Ayuntamiento de Linares que votaron en contra de la declaración de incompatibilidad del portavoz socialista Javier Palacios.

Así se desprende del auto emitido este martes por el juez al que ha tenido acceso este periódico, en el que deja clara «la inexistencia de conducta dolosa por parte de los investigados», al tiempo que reconoce que en aquella sesión del 24 de marzo «se les dibujó a los concejales un escenario de duda jurídica respecto de la existencia de causa de incompatibilidad», por la adquisición de productos sanitarios durante la pandemia.

En este punto, recuerda que Javier Palacios realizó la gestión conforme «al procedimiento reglado administrativamente». Así, recoge: «Fue el propio Ayuntamiento quien, en plena pandemia por el Covid-19, solicitó al concejal Francisco Javier Palacios, que suministrara a los servicios dependientes del mismo Ayuntamiento determinados enseres y bienes de naturaleza sanitaria».

Además, indica que consta en el propio acta de sesión como el concejal afectado por la supuesta incompatibilidad «manifestó su voluntad de renunciar a ser proveedor del Ayuntamiento, retirando incluso el cobro de alguna factura pendiente», señala.

Todo ello contribuyó, según señala el auto, que «muchos concejales albergaran dudas razonables, conforme a derecho, del sentido de la votación, de su necesidad, de la propia legalidad de la misma y de su carácter vinculante», de ahí que el juez entienda que los hechos no son constitutivos de un delito de prevaricación administrativa.

No en vano, insiste en que para que se de la incompatibilidad esta debe ser «evidente, patente, flagrante y clamorosa», hasta tal punto de que trascienda el control de la legalidad, algo que, a juicio del magistrado, no ocurre en este caso.

Precisamente, la situación de este concejal socialista fue parte de los argumentos esgrimidos desde Ciudadanos y Partido Popular, a través de sus concejales Mayte López y José Luis Roldán, ante el juzgado para lograr que se suspendiera cautelarmente la celebración del pleno de la moción de censura presentada en febrero por PSOE, IU y Cilu contra el alcalde, Raúl Caro-Accino. El auto en el que se acuerda el sobreseimiento provisional y archivo de la causa no es firme y cabe recurso.

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